GemmaAlvarez

Tras una separación o divorcio, decidir el destino de la vivienda habitual suele generar muchas dudas. Una de las consultas más frecuentes que recibimos en el despacho es: ¿quién tiene derecho a quedarse en la casa?

La respuesta varía según el tipo de custodia de los hijos menores y la titularidad del inmueble, tal como establece el artículo 96 del Código Civil.

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Atribución del uso en casos de custodia exclusiva

Cuando se establece un régimen de custodia exclusiva a favor de uno de los progenitores, la regla general del artículo 96.1 del Código Civil indica que el uso de la vivienda familiar y de su ajuar corresponde a los hijos menores y al progenitor que conviva con ellos.

Esta atribución suele prevalecer para proteger el interés del menor, incluso si la vivienda pertenece exclusivamente al otro progenitor. No obstante, este derecho de uso no es ilimitado; habitualmente se mantiene hasta que los hijos alcanzan la mayoría de edad. A partir de ese momento, la situación puede modificarse, valorando si los hijos mantienen su dependencia económica y si existe una necesidad real de prorrogar dicho uso.

¿Qué sucede con la casa en la custodia compartida?

Con la custodia compartida, los menores conviven alternativamente con ambos progenitores. Al no haber un único progenitor custodio, los tribunales evalúan las circunstancias particulares de la familia. Algunas de las soluciones más comunes son:

  • Atribución temporal al progenitor más necesitado: Se puede otorgar el uso a quien tenga mayores dificultades para acceder a otra vivienda. En estos casos, se suele fijar un límite temporal específico (a menudo entre 1 y 3 años) para que pueda estabilizar su situación económica y buscar una alternativa habitacional.
  • Venta o liquidación del inmueble: Si la vivienda es copropiedad, se puede acordar su venta o división para que cada progenitor disponga de recursos con los que organizar su nueva vida.
  • El sistema de «casa nido»: Consiste en que los hijos permanecen en la vivienda y son los padres quienes rotan. Aunque parece favorable para los menores, los tribunales suelen desaconsejarlo por los problemas logísticos, económicos y de convivencia que frecuentemente genera. Solo suele viabilizarse si existe un buen nivel de entendimiento y un acuerdo expreso entre los progenitores.

Efectos de convivir con una nueva pareja en la vivienda familiar

Una duda frecuente es qué pasa si el progenitor que tiene atribuido el uso comienza a vivir con una nueva pareja en esa misma casa. El Tribunal Supremo ha señalado que, en estos casos, la vivienda puede perder su carácter de «hogar familiar».

La entrada de una nueva pareja de forma estable y continuada puede justificar que se solicite judicialmente la extinción del derecho de uso. El razonamiento es que el inmueble pasa a servir a una nueva unidad familiar, lo que puede dar lugar a que el otro propietario inste la modificación de las medidas o pida la liquidación y venta de la vivienda.

Distribución de los gastos de la vivienda

El derecho de uso es independiente de las obligaciones derivadas de la propiedad. Salvo que exista un acuerdo diferente entre las partes, los juzgados suelen distribuir los gastos de la siguiente forma:

Concepto A quién suele corresponder
Cuota del préstamo hipotecario A ambos propietarios, en proporción a su cuota de titularidad (generalmente al 50%). La hipoteca es una deuda vinculada a la adquisición de la propiedad, no a su uso.
IBI y seguro del hogar A los propietarios, según su porcentaje de titularidad en el inmueble.
Cuotas ordinarias de la comunidad Normalmente, las asume el progenitor que tiene atribuido el uso y disfrute de la vivienda.
Suministros (agua, electricidad, gas, etc.) Corresponden íntegramente a la persona que reside en la vivienda y hace uso de esos servicios.
Derramas o gastos extraordinarios A los copropietarios, en función de su porcentaje de propiedad, ya que redundan en el valor o mantenimiento estructural del edificio.

Acuerdos sobre el domicilio familiar

Detallar correctamente las condiciones de uso de la vivienda y el reparto de los gastos asociados en el convenio regulador ayuda a prevenir futuros conflictos. Un acuerdo claro aporta tranquilidad a ambos progenitores y favorece un entorno estable para los menores.

Si necesitas orientación sobre cómo gestionar la atribución del hogar familiar, en Gemma Álvarez Abogada podemos ayudarte a valorar las diferentes opciones legales y a alcanzar una solución adecuada para tu situación. Contacta con nosotros para analizar tu caso.

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